jueves, 14 de octubre de 2010

REQUISITOS PARA RESIDENCIA EN ARGENTINA

RESIDENTES PRECARIOS

Requisitos Documentales.
Los RESIDENTES PRECARIOS podrán salir y reingresar libremente del territorio nacional durante el período de permanencia autorizado y acreditando su identidad y condición de tales, hallándose sujetos a la reglamentación que dicte la Dirección Nacional de Migraciones.

Para SALIR DEL PAÍS los RESIDENTES PRECARIOS deberán presentar a la Autoridad de Control Migratorio:

. Documento de viaje válido y
. Constancia de Residente Precario en término.

Para REINGRESAR al país, lo mismo.
El plazo de permanencia a otorgársele al reingreso será hasta la fecha de vencimiento de la RESIDENCIA PRECARIA.
Si al egresar del país la RESIDENCIA PRECARIA estuviere vencida, solicitarán una habilitación de salida abonando la tasa correspondiente.

El certificado de residencia precaria deberá ser sellado tanto al egreso como al reingreso al país (Resolución D.N.M. N° 3.439/76, Art. 2°).
RESIDENTES TRANSITORIOS


Procedimiento al PRIMER INGRESO.

“Para obtener la admisión como RESIDENTE TRANSITORIO, los extranjeros deberán presentar:
. PASAPORTE válido,
. VISADO por Autoridad Consular Argentina,
. SALVO cuando Convenios o Acuerdos Internacionales, establezcan otros requisitos documentales o eximan de la visación consular” (Art. 1º, Disposición Nº 1.595/10).

RESIDENTES PERMANENTES

Procedimiento al PRIMER INGRESO.

Los extranjeros que ingresen al país por PRIMERA VEZ como RESIDENTES PERMANENTES, para ser admitidos como tales deberán presentar a la Autoridad de Control Migratorio:

. PASAPORTE, DOCUMENTO DE IDENTIDAD o CERTIFICADO DE VIAJE, válido y vigente;
. VISACIÓN CONSULAR argentina como Residente Permanente, válida;
. PERMISO DE INGRESO como Residente Permanente, vigente;
. DOS (2) SOBRES con destino a la Autoridad Identificatoria.

Un sobre lo retendrá la Autoridad de Control Migratorio para mandarlo a la Autoridad Identificatoria y el otro lo llevará al mismo destino el extranjero.


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