jueves, 14 de octubre de 2010

ACUERDO MERCOSUR DEL 4/12/2009

VISA TEMPORARIA "ACUERDO SOBRE RESIDENCIA DE LOS ESTADOS PARTES, BOLIVIA Y CHILE", NACIONALES DE ARGENTINA, BOLIVIA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY

Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de reciprocidad internacional Oficio Circular N°264645, del 04.12.09, del Subsecretario del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente temporario por un año, prorrogable por igual período a los ciudadanos argentinos, bolivianos, brasileros, paraguayos y uruguayos, que se encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.

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